Concurso de acreedores Construcciones Vega Y Melero S.L.
El 27-01-2009, Construcciones Vega Y Melero S.L., en MARCHENA (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B41673856. La principal actividad de la empresa Construcciones Vega Y Melero S.L. es construcción de edificios.
Información General de Construcciones Vega Y Melero S.L.
Nombre de la mercantil: Construcciones Vega Y Melero S.L.
Localidad: MARCHENA
Provincia: Sevilla
Dirección: MENDEZ NUÑEZ 1241620 MARCHENA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B41673856
Número De Insolvencia: B41673856
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Construcciones Vega Y Melero S.L.
La actividad de la empresa Construcciones Vega Y Melero S.L. es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
17-06-2017
A170042871
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 1330/08-5, con NIG 4109142M20080001749 por Sentencia de fecha 18 de abril de 2017 dictada en el incidente concursal n.º 650/2016 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Construcciones Vega Melero, SLU, con CIF B-41673856 y domicilio en Marchena (Sevilla), C/ Méndez Núñez, 12. Se declara la extinción de la sociedad concursada y el cese del Administrador concursal designado, aprobándose la rendición de cuentas presentada por el mismo.Sevilla, 1 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
09-03-2009
12167
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTOEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE SEVILLA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC), ANUNCIA:1. Que en el procedimiento número 1330/2008, por auto de 27 de enero de 2009, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor CONSTRUCCIONES VEGA MELERO, SLU, con C.I.F. B-41673856 y domicilio en Marchena (Sevilla), calle Mendez Núñez, 12, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marchena (Sevilla).2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de 1 MES a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los mayor difusión en la provincia de Sevilla.4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).En Sevilla, a veintisiete de enero de dos mil nueve, El Secretario Judicial.Sevilla, 25 de febrero de 2009.- Procurador.