Concurso de acreedores Construcciones Zabalza Arguiñano SL

Concurso de acreedores Construcciones Zabalza Arguiñano SL

El 29-04-2010, Construcciones Zabalza Arguiñano SL, en BERIAIN (Navarra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PAMPLONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B31656010. La principal actividad de la empresa Construcciones Zabalza Arguiñano SL es construcción de edificios. Se ha abierto la sección 6.

Información General de Construcciones Zabalza Arguiñano SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Zabalza Arguiñano SL
Localidad: BERIAIN
Provincia: Navarra
Dirección: INDUSTRIAL MOREA SUR 731191 BERIAIN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B31656010
Número De Insolvencia: B31656010
Juzgado: Juzgado de PAMPLONA

Actividad Principal de Construcciones Zabalza Arguiñano SL

La actividad de la empresa Construcciones Zabalza Arguiñano SL es

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-10-2010
69650

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña.Que en el procedimiento concursal número 0000233/2010 referente al concursado Construcciones Zabalza Arguiñano, S.L., por auto de fecha 14 de septiembre se ha acordado lo siguiente:1.-Poner fin a la fase común del concurso voluntario de la entidad Construcciones Zabalza Arguiñano, S.L., con CIF A31656010 con domicilio en Beriain (Navarra).2.-Abrir la fase de liquidación.3.-Declarar la disolución de la referida sociedad.4.-La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.5.-Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento.6.-Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.Dentro de los cinco siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Pamplona, 14 de septiembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.

24-07-2010
54247

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona nº 1, anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 0000233/2010 referente al deudor Construcciones zabalza Arguiñano, S.L. con CIF B-31656010, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.Dentro del plazo de diez días, computados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Pamplona, 29 de junio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

02-06-2010
43151

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 0000233/2010, por auto de fecha 29 de abril se declaró en concurso voluntario al deudor Construcciones Zabalza Arguiñano, S.L., con domicilio en Beriain (Navarra) cuyo centro de principales intereses lo tiene en Beriain y con C.I.F. B31656010 (en anterior edicto publicado con fecha 18 de mayo constaba erróneamente el C.I.F. A31656010)2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCEl plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar desde el siguiente día a la publicación en el BOE de ese edicto4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC)Pamplona, 20 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

18-05-2010
35158

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 0000233/2010, por auto de fecha 29 de abril se ha declarado en concurso voluntario al deudor, CONSTRUCCIONES ZABALZA ARGUIÑANO, S.L. con domicilio en Beriain (Navarra) cuyo centro de principales intereses lo tiene en Beriain y con C.I.F. A316560102.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCEl plazo para esta comunicación es el de QUINCE DÍAS a contar desde el siguiente día a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC)Pamplona, 29 de abril de 2010.- El/la secretario judicial.

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