Concurso de acreedores Coop Comarcal Del Campo San Roque

Concurso de acreedores Coop Comarcal Del Campo San Roque

El 10-02-2014, Coop Comarcal Del Campo San Roque, en PEDROLA (Zaragoza) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ZARAGOZA. Como síndico se ha designado IBERBROKERS ASESORES MERCANTILES Y CONCURSALES SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el F50011329. La principal actividad de la empresa Coop Comarcal Del Campo San Roque es industria de la alimentación. Se ha abierto la fase de liquidación.

Información General de Coop Comarcal Del Campo San Roque

Nombre de la mercantil: Coop Comarcal Del Campo San Roque
Localidad: PEDROLA
Provincia: Zaragoza
Dirección: VENTAS DEL CANAL 550690 PEDROLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: F50011329
Número De Insolvencia: F50011329
Juzgado: Juzgado de ZARAGOZA

Actividad Principal de Coop Comarcal Del Campo San Roque

La actividad de la empresa Coop Comarcal Del Campo San Roque es Industria

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Publicaciones Concurso de acreedores Coop Comarcal Del Campo San Roque:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

28-06-2014
A140033022

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

 
EdictoDoña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,Anuncia: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 24/2014-F, referente a la entidad concursada «Cooperativa Comarcal del Campo San Roque de Pedrola», con CIF número F-50011329, y domicilio social en Pedrola (Zaragoza), calle Pignatelli, número 1, por Auto de fecha 16 de junio de 2014, se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad concursada.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio.3.- Declarar disuelta la Entidad «Cooperativa Comarcal del Campo San Roque de Pedrola», cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración Concursal integrada por la sociedad «Iberbrokers Asesores Mercantiles y Concursales, S.L.P», con CIF n.º B99357790, y despacho profesional en Zaragoza, paseo Independencia, n.º 32, 4.º dcha., CP 50004; teléfonos: 976212016 y 974308390, fax: 974308321, correo electrónico:[email protected], y representada por el abogado D. Miguel Ángel Clemente Jiménez, con DNI. 25.146.712-F.Zaragoza, 16 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

11-06-2014
A140030014

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

Apertura de la fase de liquidación

 
EdictoDoña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Abreviado número 24/2014–F referente al deudor «Cooperativa Comarcal del Campo San Roque de Pedrola», – con C.I.F. número F-50011329 y domicilio social en Pedrola (Zaragoza), calle Pignatelli, número 1 -, se ha presentado escrito en fecha 29 de mayo de 2014 por la Administración Concursal por el que presenta el Informe previsto en el artículo 75 de la Ley Concursal, y sus documentos, con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).4. Dentro del plazo de cinco días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los acreedores no personados en el concurso, podrán presentar propuestas ordinarias de convenio. En otro caso, se abrirá de inmediato la fase de liquidación.Zaragoza, 2 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

11-03-2014
A140009068

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 24/2014-F, y número de Identificación General del Procedimiento (NIG) 50297 47 1 2014 0000062, en el cual se ha dictado en fecha de 10 de febrero de 2014, Auto de declaración de concurso voluntario de la «Cooperativa Comarcal del Campo San Roque de Pedrola», con CIF número F-50011329, y domicilio social en Pedrola (Zaragoza), calle Pignatelli, número 1.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada sobre su patrimonio, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad «Iberbrokers Asesores Mercantiles y Concursales, S.L.P», con CIF B99357790, representada por el Abogado don Miguel Ángel Clemente Jiménez, con DNI 25.146.712-F, dirección postal: Paseo Independencia, n.º 34, 4.º, dcha., 50004 Zaragoza; teléfono: 976212016 y 974308390; fax: 974308391, y correo electrónico: [email protected] comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).Zaragoza, 24 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial,

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