Concurso de acreedores Cora Arids SL
El 11-03-2013, Cora Arids SL, en VILANOVA DEL VALLES (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B65042780. La principal actividad de la empresa Cora Arids SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Cora Arids SL
Nombre de la mercantil: Cora Arids SL
Localidad: VILANOVA DEL VALLES
Provincia: Barcelona
Dirección: SANTA QUITERIA (PARC. MEDIOAMBIENTAL) 008410 VILANOVA DEL VALLES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B65042780
Número De Insolvencia: B65042780
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Cora Arids SL
La actividad de la empresa Cora Arids SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-04-2013
A130018232
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Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
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Edicto.Secretario judicial de D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 971/12 se ha declarado, mediante auto de fecha 11 de marzo de 2013, el concurso voluntario de Cora Arids, S.L., con NIF B-65042780, y domicilio en Vilanova del Vallés (Barcelona), carretera de la Roca, km 22, Parc Mediambiental Santa Quiteria, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Antonio Batlle Moreno, economista y auditor por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Avda. Diagonal, n.º 416, ppal., de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que se pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Barcelona, 11 de marzo de 2013.- Secretario judicial.