Concurso de acreedores Cositur SL
El 14-12-2020, Cositur SL, en MADRID (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B80960370. La principal actividad de la empresa Cositur SL es otras actividades profesionales, científicas y técnicas.
Información General de Cositur SL
Nombre de la mercantil: Cositur SL
Localidad: MADRID
Provincia: Madrid
Dirección: GRAN VIA, 69 – PLT 6 OFICINA 607 028013 MADRID
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B80960370
Número De Insolvencia: B80960370
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Cositur SL
La actividad de la empresa Cositur SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
23-12-2020
A200064904
Auto de declaración de concurso voluntario
EdiictoDoña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 35 TRLC,Anuncia:1.-Que en el concurso Concurso Abreviado 1392/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0152306, por auto de fecha 14/12/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a COSITUR, S. L,, con n.º de identificación B80960370, y domiciliado en Calle: Gran Vía, n.º 69, Esc/Piso/Prta: 6 Madrid (Madrid).2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal4.-La identidad de la Administración concursal es Dña. Patricia Blanco De Antonio, con domicilio postal en Paseo de la Castellana, 151, 4.º B, 28046 de Madrid, tfno.. 915196015, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.esMadrid, 14 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.