Concurso de acreedores Cosmetica Cabinas SL
El 09-03-2015, Cosmetica Cabinas SL, en COCENTAINA (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B61090114. La principal actividad de la empresa Cosmetica Cabinas SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Cosmetica Cabinas SL
Nombre de la mercantil: Cosmetica Cabinas SL
Localidad: COCENTAINA
Provincia: Alicante
Dirección: PASSEIG DEL COMTAT, 13 – B 003820 COCENTAINA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B61090114
Número De Insolvencia: B61090114
Juzgado: Juzgado de ALICANTE
Actividad Principal de Cosmetica Cabinas SL
La actividad de la empresa Cosmetica Cabinas SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Cosmetica Cabinas SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
13-04-2015
A150012368
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTODoña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.-Que por Auto de fecha 9 de marzo de 2015 en el procedimiento con número de autos 163/15-R y N.IG.03014-66-2-2015-0000319 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor COSMÉTICA CABINAS, S.L., con CIF B-61090114, y domilicio en Avda. Alicante, n.º 13, Cocentaina, 03820 (Alicante).Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.Tercero.-Que ha sido nombrado Administrador concursal Don Raúl Martínez-Guinea Corbi, con DNI 44756741-Y, abogado, teléfono 965 380 843 y fax 965 381 348 con domicilio postal en calle Virgen del Socorro, n.º 33, 4 izquierda, Alicante, y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».Alicante, 25 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
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