Concurso de acreedores terminado Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion)
El 12-07-2013, Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion), en MANCHA REAL (Jaén) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de JAÉN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B23487416. La principal actividad de la empresa Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion)
Nombre de la mercantil: Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion)
Localidad: MANCHA REAL
Provincia: Jaén
Dirección: UBEDA JAEN (KM 200) 023100 MANCHA REAL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B23487416
Número De Insolvencia: B23487416
Juzgado: Juzgado de JAÉN
Actividad Principal de Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion)
La actividad de la empresa Creabaño Sociedad Limitada (En Liquidacion) es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-05-2015
A150019475
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EdictoEl Juzgado de Primera Instancia núm. 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, en relación con el 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 242/2013, por Auto de 14/04/2015 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor CREABAÑO, S.L.2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.Jaén, 14 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
15-01-2014
A140000059
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección quinta
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:Que en el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 242/2013, referente al concursado Creabaño, S.L., por auto de fecha 5 de diciembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación a petición del deudor, formándose la sección quinta.2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se declara disuelta la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal.Jaén, 5 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
12-09-2013
A130049963
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 242/2013, con NIG 230504M20130000183 por auto de 12 de julio de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Creabaño, S.L., con CIF B-23487416 con domicilio en Mancha Real, Carretera de Baeza, P.K. 0,20 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Mancha Real.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Simón Vera Ríos, con domicilio postal en calle Evaristo Sánchez, 9, Bajo, de Úbeda y dirección electrónica: [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).5º.- Dada la proximidad del mes de agosto y en la medida en que pueda llevar a equívoco, se considerará el mes de agosto como inhábil para la comunicación de créditos, interrumpiéndose durante dicho período el plazo de comunicación y reanudándose el día 1 de septiembre.Jaén, 12 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.