Concurso de acreedores terminado Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL

Concurso de acreedores terminado Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL

El 25-04-2013, Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL, en LLUCMAJOR (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57699852. La principal actividad de la empresa Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido.

Información General de Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL

Nombre de la mercantil: Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL
Localidad: LLUCMAJOR
Provincia: Baleares
Dirección: SON NOGUERA (POL IND) 007620 LLUCMAJOR
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B57699852
Número De Insolvencia: B57699852
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL

La actividad de la empresa Cubiertas Moviles Metalicas Sastre SL es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

05-09-2016
A160061147

 

Conclusión del concurso

 
Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por la presente, hago saber:Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 215/13 C del procedimiento concursal de Cubiertas Móviles Metálicas Sastre, S.L. se ha dictado con fecha 29/07/2016 auto, en el que se acuerda:1.- La conclusión del presente procedimiento concursal de Cubiertas Móviles Metálicas Sastre, S.L., con CIF B57699852, con conclusión y archivo de las actuaciones.2.- Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.3.- La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.Palma de Mallorca, 1 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

13-05-2013
A130026905

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Francisca Frontera Llompart, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 215/2013-C (NIG 07040 47 1 2013/0000609), se ha dictado en fecha 25/4/2013 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor «Cubiertas Móviles Metálicas, S.L.», con CIF B57699852, y con domicilio en avenida Son Noguera, n.º 10, solar 5, de Llucmajor.2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición del declarado en concurso.3.º Se ha nombrado Administrador concursal a don Sebastián Martorell Heras, letrado, con domicilio profesional en calle Mateu Enric Llado, n.º 1, 1.º A, CP 07002 (Palma), y dirección de correo electrónico [email protected].º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 7 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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