Concurso de acreedores Daiman El Moral SL
El 18-06-2012, Daiman El Moral SL, en MORAL DE CALATRAVA (Ciudad Real) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de CIUDAD REAL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B13308689. La principal actividad de la empresa Daiman El Moral SL es construcción de edificios. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de Daiman El Moral SL
Nombre de la mercantil: Daiman El Moral SL
Localidad: MORAL DE CALATRAVA
Provincia: Ciudad Real
Dirección: LOPE DE VEGA 4013350 MORAL DE CALATRAVA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B13308689
Número De Insolvencia: B13308689
Juzgado: Juzgado de CIUDAD REAL
Actividad Principal de Daiman El Moral SL
La actividad de la empresa Daiman El Moral SL es
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
25-10-2013
A130059158
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:1.- Que en la sección I de declaración de Concurso Ordinario Voluntario número 0000494/2011-A seguidos en este Juzgado, referente al deudor «Daiman El Moral, S.L.L.», con CIF número B-13308689, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).Ciudad Real, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
18-06-2012
n/a
Auto de declaración de concurso