Concurso de acreedores Daipi Explotacio Turistica SL

Concurso de acreedores Daipi Explotacio Turistica SL

El 25-09-2013, Daipi Explotacio Turistica SL, en EL ARENAL (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57492712. La principal actividad de la empresa Daipi Explotacio Turistica SL es servicios de comidas y bebidas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Daipi Explotacio Turistica SL

Nombre de la mercantil: Daipi Explotacio Turistica SL
Localidad: EL ARENAL
Provincia: Baleares
Dirección: TRASIME, 26 – PTL B 007600 EL ARENAL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B57492712
Número De Insolvencia: B57492712
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Daipi Explotacio Turistica SL

La actividad de la empresa Daipi Explotacio Turistica SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

19-10-2013
A130058016

 

Rectificatie

 
Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:Que mediante edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado el 08/10/13 se dio publicidad a la declaración de concurso voluntario de Daipi Explotació Turística, S.L. y advertido error en el n.º de procedimiento siendo el correcto CNA 530/13 y domicilio postal de la Administración concursal calle Socorro, n.º 21 bajos, Palma.Palma de Mallorca, 10 de octubre de 2013.- La Secretario Judicial.

08-10-2013
A130055923

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Francisca Frontera Llompart, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente,Hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado n.º 390/2013-D (NIG: 007040 47 1 2013 0001156), ha dictado en fecha 25/09/13, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Daipi Explotació Turística, SL, con CIF b57492712, con domicilio en C/ Trasimeno, n.º 26, bajos, del Arenal 07600 Palma de Mallorca.2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada.3.º Se ha nombrado Administrador Concursal a la Letrado doña Ana Groizard Cardosa, con domicilio postal en Calle Socorro, n.º 2, bajos, 07002 Palma, correo electrónico [email protected] la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 3 de octubre de 2013.- La Secretario Judicial.

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