Concurso de acreedores Definitiva De Inversiones 21 S.L.
El 02-11-2011, Definitiva De Inversiones 21 S.L., en NOEZ (Toledo) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B98048929. La principal actividad de la empresa Definitiva De Inversiones 21 S.L. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Definitiva De Inversiones 21 S.L.
Nombre de la mercantil: Definitiva De Inversiones 21 S.L.
Localidad: NOEZ
Provincia: Toledo
Dirección: CASTILLA LA MANCHA 2145162 NOEZ
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B98048929
Número De Insolvencia: B98048929
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Definitiva De Inversiones 21 S.L.
La actividad de la empresa Definitiva De Inversiones 21 S.L. es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-11-2011
84187
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDª Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, concurso necesario abreviado nº 9/11 se ha dictado en fecha 02/11/2011 auto de declaración de concurso del deudor Definitiva de Inversiones 21, S.L., con CIF B-98048929, cuyo domicilio social lo tiene en Avda. Castilla-La Mancha, 21, de Noez ( Toledo).2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la administración concursal formada por el economista Dº Juan Ignacio de Mesa Ruiz.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184,3 Ley Concursal).Toledo, 2 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.