Concurso de acreedores Delicor Drink SL

Concurso de acreedores Delicor Drink SL

El 24-04-2009, Delicor Drink SL, en LIBRILLA (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B73156374. La principal actividad de la empresa Delicor Drink SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha aprobado el plan de convenio.

Información General de Delicor Drink SL

Nombre de la mercantil: Delicor Drink SL
Localidad: LIBRILLA
Provincia: Murcia
Dirección: CABECICOS BLANCOS (PQ EMPRE) 030892 LIBRILLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B73156374
Número De Insolvencia: B73156374
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Delicor Drink SL

La actividad de la empresa Delicor Drink SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-12-2017
A170087185

 
EdictoDoña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia,Anuncia1.- Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 908/2008, de DELICOR DRINK, S.L., con CIF B73156374, se ha dictado el 24 de noviembre de 2017 Auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento.2.- El Auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal.Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 27 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

02-11-2010
76584

 

Aprobación del convenio

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil Núm. 1 de Murcia anuncia:1. Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 0000908/2008, se ha dictado el 14 de julio de 2010 sentencia aprobando judicialmente la propuesta anticipada de convenio propuesta por la concursada Delicor Drink, S.L.2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores, al acompañar a la misma escrituras de adhesión, proclamando mediante providencia de fecha 14 de julio de 2010 superaba el 62,57%, por lo que alcanzaba la mayoría legalmente exigida para su aprobación, no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.Y con el fin de que sirva para dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 132 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 19 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

12-05-2009
32645

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDoña Concha Ruiz García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Murcia,Hago saber: Que en el auto de fecha 24 de abril de 2009, dictado por la Iltma. Sra. Doña María Dolores de las Heras García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Murcia y su Partido, en el procedimiento número 908/08, que se sigue en este Juzgado se ha declarado en estado de concurso voluntario por el trámite abreviado a la Mercantil Delicor Drink S.L, con CIF: B-73156374, con domicilio en Avd. Cabecicos Blancos parcela 18-1, Parque Empresarial Cabecicos Blancos, de Librilla (Murcia), habiendo recaído los siguientes pronunciamientos:- Que la referida Mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización o conformidad.- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avda. 1º de Mayo número 1, Edificio Torres Azules, Torre A, Planta 1ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, acompañándose los originales de los títulos de crédito que ostenten, y copia de todo ello para su compulsa y devolución de dichos originales.Y para que conste, libro el presente.MURCIA, 6 de mayo de 2009.- LA SECRETARIO JUDICIAL.

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