Concurso de acreedores terminado Delpuerto Estudios Y Proyectos SL

Concurso de acreedores terminado Delpuerto Estudios Y Proyectos SL

El 20-09-2013, Delpuerto Estudios Y Proyectos SL, en GODELLA (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. Como síndico se ha designado ESTUDIO JURIDICO BERATEN SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97444780. La principal actividad de la empresa Delpuerto Estudios Y Proyectos SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Delpuerto Estudios Y Proyectos SL

Nombre de la mercantil: Delpuerto Estudios Y Proyectos SL
Localidad: GODELLA
Provincia: Valencia
Dirección: RAMON Y CAJAL, 3 – 19 046110 GODELLA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B97444780
Número De Insolvencia: B97444780
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Delpuerto Estudios Y Proyectos SL

La actividad de la empresa Delpuerto Estudios Y Proyectos SL es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-12-2013
A130069720

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 935/2013, habiéndose dictado, en fecha 5 de diciembre de 2013, por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:»Se decreta la conclusión del concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 935/2013, promovido por el Procurador Sr. Ucles Muñoz, Francisco Javier, en nombre y representación de la mercantil Delpuerto Estudios y Proyectos, S.L., y el archivo de las actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Juan Bataller Grau, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Delpuerto Estudios y Proyectos, S.L., con C.I.F. B-97444780, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.Valencia, 5 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

26-10-2013
A130057183

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 935/2013, habiéndose dictado en fecha 20 de septiembre de 2013, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Delpuerto Estudios y Proyectos, S.L., con CIF B-97444780, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a la entidad jurídica Estudio Juridico Beraten, S.C.P., con CIF n.º J-97203111, quien ha nombrado para desempeñar el cargo de administrador concursal a D. Juan Bataller Grau, NIF 29166996-Y, en su cualidad de Abogado, con domicilio profesional en Valencia, Calle Cirilo Amorós, n.º 20, puerta 2, con número de teléfono 963106741, así como correo electrónico el siguiente [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes, desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LCValencia, 20 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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