Concurso de acreedores terminado Delta Estadistica SL.

Concurso de acreedores terminado Delta Estadistica SL.

El 23-01-2020, Delta Estadistica SL., en SEVILLA (Sevilla) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91223644. La principal actividad de la empresa Delta Estadistica SL. es publicidad y estudios de mercado. El concurso ha concluido.

Información General de Delta Estadistica SL.

Nombre de la mercantil: Delta Estadistica SL.
Localidad: SEVILLA
Provincia: Sevilla
Dirección: LUIS FUENTES BEJARANO (ED NUDO NORTE) 6041020 SEVILLA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B91223644
Número De Insolvencia: B91223644
Juzgado: Juzgado de SEVILLA

Actividad Principal de Delta Estadistica SL.

La actividad de la empresa Delta Estadistica SL. es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Delta Estadistica SL.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

04-01-2021
A200066732

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 79/2020, con NIG 4109142120190052851 por auto se ha declarado la conclusión del concurso de la mercantil Delta Estadística, S.L. cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Acuerdo:1.- Declarar la conclusión del concurso de Delta Estadística, S.L. con CIF n.º B-91223644.2.- Archivar las actuaciones.3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.5.- El cese de la Administración Concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.6.- La extinción de la entidad Delta Estadistica, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos de ser centro residual de imputaciones.7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución.9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).»Sevilla, 29 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Rocio Amo Moreno.

03-02-2020
A200005260

 

Auto de declaración de concurso

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:1.º Que en el procedimiento número 79/2020, con NIG 4109142120190052851 por auto de 23/01/20 se ha declarado en concurso al deudor DELTA ESTADÍSTICA, S.L., en cuya parte dispositiva consta el siguiente tenor literal:»1. Declaro en concurso a DELTA ESTADISTICA, S.L. con CIF B-91223644,2. El concurso tendrá la consideración de voluntario y se tramitará por el procedimiento abreviado.3. La concursada conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.4. Nombro administración concursal a D. JUAN LUIS GORDON FERNÁNDEZ5. Acuerdo llamar a los acreedores de la concursada para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.La comunicación habrá de realizarse directamente a la administración concursal en el modo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, no siendo válidas las comunicaciones dirigidas al Juzgado.6. Acuerdo insertar la presente resolución en el Registro Público Concursal y anunciar la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, debiendo publicarse en el mismo un extracto con las menciones contenidas en el artículo 23.1 de la Ley Concursal.Si la publicación en el Boletín oficial del Estado se produce con posterioridad a la aceptación del cargo por la administración concursal, el informe del artículo 75 de la Ley Concursal, podrá presentarse de los cinco días siguientes a la finalización del plazo del artículo 21.1.5.º de la Ley Concursal.7. Anótese preventivamente la presente resolución en el Registro Mercantil, librándose mandamiento que deberá incorporar, además, los datos relativos a los bienes inscritos en el Registro de la Propiedad, el Registro de Bienes Muebles o en cualquier otro registro público de bienes competente.»Sevilla, 29 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

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