Concurso de acreedores Derroble S.A.

Concurso de acreedores Derroble S.A.

El 03-02-2009, Derroble S.A., en ASTORGA (León) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LEÓN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A24408346. La principal actividad de la empresa Derroble S.A. es fabricación de muebles.

Información General de Derroble S.A.

Nombre de la mercantil: Derroble S.A.
Localidad: ASTORGA
Provincia: León
Dirección: IND DE ASTORGA CALLE H 024700 ASTORGA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A24408346
Número De Insolvencia: A24408346
Juzgado: Juzgado de LEÓN

Actividad Principal de Derroble S.A.

La actividad de la empresa Derroble S.A. es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

16-02-2009
8727

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 81/09, por auto de fecha 3 de febrero de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Derroble, S.A., con domicilio en Polígono Industrial de Astorga C7H, parcela 121/122, C.P. 24700 Astorga – León y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Astorga – León.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos «Diario de León».Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).León, 3 de febrero de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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