Concurso de acreedores Desballestaments Vela SL
El 10-10-2012, Desballestaments Vela SL, en ELS HOSTALETS DE BALENYA (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B64887797. La principal actividad de la empresa Desballestaments Vela SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Desballestaments Vela SL
Nombre de la mercantil: Desballestaments Vela SL
Localidad: ELS HOSTALETS DE BALENYA
Provincia: Barcelona
Dirección: PUIGMAL (POL IND BOVILA) 1008550 ELS HOSTALETS DE BALENYA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B64887797
Número De Insolvencia: B64887797
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Desballestaments Vela SL
La actividad de la empresa Desballestaments Vela SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
08-11-2012
A120075610
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Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
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Edicto.Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia.Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 671/2012 en el que se ha dictado con fecha 10 de octubre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Desballastaments Vela, S.L., con CIF: B-64887797 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:Nig del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2012 – 8004632.Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concursoConcursada: Desballastaments Vela, S.L., con domicilio en Cami Puigmail, Pl La Bóvila, 10, Els Hostalets de Balenyà.Administrador concursal: Don Roberto Pons Caballero, con domicilio en calle Madrazo, 14, 5.º, 1.ª de Barcelona con correo electrónico [email protected] de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Dado en Barcelona, 29 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.