Concurso de acreedores Dismareate SL

Concurso de acreedores Dismareate SL

El 07-04-2015, Dismareate SL, en PONTEAREAS (Pontevedra) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36139798. La principal actividad de la empresa Dismareate SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Dismareate SL

Nombre de la mercantil: Dismareate SL
Localidad: PONTEAREAS
Provincia: Pontevedra
Dirección: CICLISTA DELIO RODRIGUEZ, 6 – ENTRESUELO 036860 PONTEAREAS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36139798
Número De Insolvencia: B36139798
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Dismareate SL

La actividad de la empresa Dismareate SL es Construcción

¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?

Abogado especialista en Derecho Concursal en PONTEAREAS

Publicaciones Concurso de acreedores Dismareate SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

01-05-2015
A150017629

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Don José Luís Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 81/2015 y NIG 36038 47 1 2014 0000563, se ha dictado en fecha 6.4.15 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor DISMAREATE, S.L., con CIF B-36.139.798, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. Delio Rodríguez, 6, entresuelo, Ponteareas.2.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a Mar Argibay González, con domicilio postal en plaza de la Independencia, 2-1.º D, 36211 Vigo y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal publicidadconcursal.comPontevedra, 7 de abril de 2015.- El Secretario judicial.

Última dirección de Dismareate SL:

 

Deja un comentario