Concurso de acreedores terminado Distiberia Sa

Concurso de acreedores terminado Distiberia Sa

El 30-09-2013, Distiberia Sa, en CABRERA DE MAR (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. Como síndico se ha designado LEXAUDIT CONCURSAL SLP. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A60372752. La principal actividad de la empresa Distiberia Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Distiberia Sa

Nombre de la mercantil: Distiberia Sa
Localidad: CABRERA DE MAR
Provincia: Barcelona
Dirección: INDUSTRIA (PG CAMI DEL MIG) 108349 CABRERA DE MAR
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A60372752
Número De Insolvencia: A60372752
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

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Actividad Principal de Distiberia Sa

La actividad de la empresa Distiberia Sa es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

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11-05-2016
A160023736

 

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Conclusión del concurso

 
Letrado de la administración de justicia D. Francisco Velasco García-Plata, del juzgado mercantil nº5 de Barcelona,Hace saber:Que en los autos que se siguen en este juzgado con el número 521/2013, por auto de fecha 18 de febrero de 2016 se ha declarado la conclusión del concurso de Distiberia s.l. cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura, la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y la cancelación de sus asientos registrales.Cesando en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.Barcelona, 22 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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23-11-2013
A130063327

 
Don José Vela Pérez Secretario Judicial sustituto del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.Numero de asunto.- Concurso voluntario 521/2013 5.ªTipo de concurso.- Voluntario.Entidad instante del concurso y NIF.- Distiberia, S.A. A60372752.Fecha del auto de declaración.- 30 de septiembre de 2013.Administradores concursales.- Lexaudit concursal, S.L.P., con CIF B65697740 la cual ha designado como persona física a don José Maymi Colominas, con DNI 38800419V, domiciliados en C. Provenza, 280, 3.º 2.ª, Barcelona, como economista-auditor de cuentas, con correo eléctronico [email protected] de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.Régimen de intervención de las facultades de la concursada.Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Barcelona, 15 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

30-09-2013
n/a

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
«1. Se tiene por presentada la solicitud de concurso de la entidad DISTIBERIA, S.A., instada por la Procurador de los Tribunales Sr, Argüelles. 2. SE DECLARA A LA CITADA MERCANTIL EN SITUACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO QUE SE TRAMITARÁ POR LAS NORMAS DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO. 3. LOS DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA CONCURSADA SON: – Domicilio.- Cabrera de Mar, calle Industria núm. 1, Polígono Industrial Camí del Mig – CIF.- A-60372752 – Datos del Registro Mercantil.-Barcelona, tomo 26.081, Folio 52, Hoja núm. B99.508. 4. SITUACIÓN DE LAS FACULTADES PATRIMONIALES DEL DEUDOR Y DE SUS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN. El deudor ha sido intervenido en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 5. NOMBRAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.- Se nombra a la sociedad profesional LEXAUDIT CONCURSAL, S.L.P. con correo [email protected] Las persona designada han de aceptar el cargo ineludiblemente dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución. Debiendo designar a la persona física que se hará cargo del procedimiento. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder a las instalaciones del deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos o información considere necesaria para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes. 6. PUBLICIDAD DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO.- Se ordena la publicación del anuncio de declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado. 7. Igualmente se ordena la inscripción de la declaración de concurso en el Registro Mercantil expidiendo el correspondiente mandamiento, indicando en el mismo la firmeza de esta resolución. También se deberán inscribir el resto de resoluciones que pudieran tener incidencia en el Registro. 8. EL INVENTARIO DE BIENES DEBERÁ PRESENTARSE POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL EN EL PLAZO DE 15 DÍAS DESDE LA ACEPTACIÓN DEL CARGO. 9. PRESENTACIÓN DEL INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.- la administración concursal cuenta con el plazo de un mes desde la aceptación para la presentación del informe provisional. 10. LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el BOE. 11. PUBLICIDAD Y COMUNICACIÓN DEL AUTO DE DECLARACIÓN DEL CONCURSO: Se ordena anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado. El oficio se entregará al Procurador instante del concurso quien deberá remitirlo de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.- La publicación será gratuita en todo caso. 12. COMUNICACIÓN A JUZGADOS Y TRIBUNALES.- Remítase oficio al Juzgado Decano de Barcelona al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1ª Instancia y a los Juzgados de lo Social la declaración de este concurso al objeto de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado.. Remítase también comunicación al resto de Juzgados Mercantiles de Barcelona así como al juzgado decano del domicilio del deudor y de las localidades en las que disponga de establecimientos. 13. NOTIFÍQUESE ESTA RESOLUCIÓN A LA AEAT, A LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, AL FONDO DE GARANTIA SALARIAL y a la agencia catalana tributaria. 14. EFECTOS PROCESALES DE LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO: APERTURA DE LA FASE COMÚN.- La declaración de concurso abre la fase común del concurso, produce efectos inmediatos y será ejecutivo aunque no sea firme. 15. ORDENACIÓN PROCESAL DE LAS SECCIONES.- Dentro de la sección primera se ordena la apertura de un cuaderno específico en el que se recogerán e indexarán las resoluciones de mayor trascendencia para el procedimiento concursal a los efectos facilitar su localización en las distintas secciones e incidentes; de igual modo dentro de cada sección se formará un libro específico en el que se incluirán las correspondientes notificaciones a las partes personadas, los comprobantes de la publicidad que deba realizarse de cada resolución y otras incidencias de carácter instrumental que pudieran producirse en la tramitación de cada sección. 16. APERTURA DE SECCIONES 2ª, 3ª Y 4ª.- Se ordena la formación de la sección de la administración concursal, la de determinación de la masa activa y determinación de la masa pasiva. Estas secciones se encabezarán con testimonio del auto de declaración del concurso. 17. Se solicita a la administración concursal que en los diez días siguientes a su toma de posesión informe sobre la oportunidad de la liquidación instada. Remítase testimonio de esta resolución a la unidad de apoyo concursal. Notifíquese esta resolución a la representación del deudor y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado. El pronunciamiento del auto sobre la estimación o desestimación de la solicitud de concurso será susceptible de recurso de apelación en plazo de cinco días desde su notificación, pronunciamiento que en principio no tendrá efecto suspensivo salvo que el Juez acuerde lo contrario.».-

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