Concurso de acreedores Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada

Concurso de acreedores Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada

El 03-07-2015, Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada, en POLA DE SIERO (Asturias) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B74104936. La principal actividad de la empresa Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada
Localidad: POLA DE SIERO
Provincia: Asturias
Dirección: A (MERES. CL A NAVE 43), P.I.LEPRONI 033510 POLA DE SIERO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B74104936
Número De Insolvencia: B74104936
Juzgado: Juzgado de OVIEDO

Actividad Principal de Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Distribuciones Rodriguez Siglo Xxi Sociedad Limitada es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-09-2017
A170063611

 
D. ANDRÉS PRADA HORCHE, Letrado de la Administración de Justicia y del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:Que en la SECCIÓN V CONCURSO 00056/2015, referente al concursado DISTRIBUCIONES RODRÍGUEZ SIGLO XXI, S.L., se ha dictado auto de fecha 18 de julio de dos mil diecisiete, que es firme y cuya parte dispositiva dice:DECIDODECLARAR la conclusión del concurso 56/2015, en el que figuraba como concursada DISTRIBUCIONES RODRÍGUEZ SIGLO XXI, S.L., CIF B74104936, por fin de la fase de liquidación al haberse procedido a la realización de todos los activos de la concursada y al abono de los créditos hasta el importe de su cuantia.Contra este auto no cabrá recurso alguno.Notifiquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE y en el Registro Concursal.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme si no consta ya haberse verificado en momento anterior.La conclusión del concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por éste mismo Juzgado en caso de que con posterioridad a ésta resolución aparezcan bienes y derechos de titularidad del concursado.Oviedo, 18 de julio de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

01-09-2015
A150038575

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 56/15 se ha dictado en fecha 3-7-15 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor DISTRIBUCIONES RODRÍGUEZ SIGLO XXI, S.L., con domicilio en la c/ A-Nave 43, Polígono Industrial Proni, Siero CIF N. B-74104936, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias.2º.- Se ha acodado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal designado, Doña María Luisa de Haro González, la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal en el siguiente domicilio postal: Avenida Fernández Balsera, n.º 1, 2.º F, de Avilés, teléfono 985549917, o en la siguiente dirección electrónica: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquiera otra comunicación, a una u otra, a su elección.Dicha comunicación deberá efectuarse en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE, en el Registro Público Concursal y en el periódico El Comercio.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).Oviedo, 15 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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