Concurso de acreedores Eugeria Corporacion Geriatrica SL

Concurso de acreedores Eugeria Corporacion Geriatrica SL

El 01-12-2014, Eugeria Corporacion Geriatrica SL, en CAJAR (Granada) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B18791970. La principal actividad de la empresa Eugeria Corporacion Geriatrica SL es actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Información General de Eugeria Corporacion Geriatrica SL

Nombre de la mercantil: Eugeria Corporacion Geriatrica SL
Localidad: CAJAR
Provincia: Granada
Dirección: MOLINO 818199 CAJAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B18791970
Número De Insolvencia: B18791970
Juzgado: Juzgado de GRANADA

Actividad Principal de Eugeria Corporacion Geriatrica SL

La actividad de la empresa Eugeria Corporacion Geriatrica SL es

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

16-11-2017
A170082111

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.AnunciaQue en el concurso voluntario n.º 1698/14, seguido a instancia de Eugeria Corporacion Geriatrica, S.L., con. CIF B18791970, por auto de fecha 10 de Noviembre de 2017, se ha acordado:Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de EUGERIA CORPORACIÓN GERIÁTRICA, S.L., con CIF B-18791970, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.Se acuerda la extinción de EUGERIA CORPORACIÓN GERIÁTRICA, S.L., con CIF B-18791970. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de EUGERIA CORPORACIÓN GERIÁTRICA, S.L., con CIF B-18791970.Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D.ª María José Fernández Alcalá Magistrada-Juez adscrita al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada.Granada, 13 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

24-12-2014
A140061268

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de La Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 1698/2014, con NIG 1808742M20140001890, por auto de 1 de diciembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Eugeria Corporación Geriátrica, S.L., con CIF B18791970, con domicilio en C/ Molino, n.º 8, 18199 Cajar-Granada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC, a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Miguel Delgado Bellido, de profesión economista, con domicilio postal en C/ San Vicente Ferrer, n.º 13, 4.º B, CP 18005 de Granada y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).5.º Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.Granada, 3 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Última dirección de Eugeria Corporacion Geriatrica SL:

 

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