Concurso de acreedores terminado Euroblanca-Tours S.L.
El 05-12-2013, Euroblanca-Tours S.L., en BENIDORM (Alicante) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado LOPEZ BASSETS, JAVIER. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B53418216. La principal actividad de la empresa Euroblanca-Tours S.L. es actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos. El concurso ha concluido.
Información General de Euroblanca-Tours S.L.
Nombre de la mercantil: Euroblanca-Tours S.L.
Localidad: BENIDORM
Provincia: Alicante
Dirección: MEDITERRANEO (EDIF. LAS FLORES) 3703503 BENIDORM
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B53418216
Número De Insolvencia: B53418216
Juzgado: Juzgado de ALICANTE
Actividad Principal de Euroblanca-Tours S.L.
La actividad de la empresa Euroblanca-Tours S.L. es Actividades administrativas y servicios auxiliares
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Euroblanca-Tours S.L.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
26-03-2018
A180021159
Conclusión del concurso
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,Hago saber:Que en este Juzgado se siguen Autos de concurso de acreedores necesario n.º 881/13 del deudor EUROBLANCA TOURS, S.L., en que ha recaÃdo Auto de 21 de marzo de 2018 cuya parte dispositiva es de este tenor literal:1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Euroblanca Tours, S.L., con CIF n.º B-53418216.2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su dÃa acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.3.- Se acuerda la extinción de EUROBLANCA TOURS, S.L., con CIF n.º B-53418216, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, lÃbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 14 de febrero de 2018.5.- Se acuerda el cese de los administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.NotifÃquese a las partes personadas y publÃquese por medio de edicto en el «BOE» de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscrÃbase en el Registro Mercantil.LÃbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 dÃas acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Alicante, 21 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
24-03-2018
A180021081
Conclusión del concurso
 Doña CRISTINA CIFO GONZÃLEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de ALICANTE, por el presente,HAGO SABER:Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores necesario n.º 881/13 del deudor EUROBLANCA TOURS, S.L., en que ha recaÃdo auto de 21 de marzo de 2018 cuya parte dispositiva es de este tenor literal:1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Euroblanca Tours, S.L., con CIF n.º B-53418216.2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su dÃa acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.3.-Se acuerda la extinción de EUROBLANCA TOURS, S.L., con CIF N.º B-53418216, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, lÃbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 14 de febrero de 2018.5.-Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencialNotifÃquese a las partes personadas y publÃquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscrÃbase en el Registro MercantilLÃbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 dÃas acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.Contra esta resolución no cabe recurso (art 177).Alicante, 21 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
04-06-2014
A140028208
Cese de los Administradores
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de liquidación
Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
EdictoD.ª CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, anuncia:Que en el proceso concursal n.º 881/13 seguido contra la mercantil Euroblanca Tours, S.L., con CIF B-53418216, y con domicilio social en Benidorm (Alicante), Avda. del Mediterráneo, n.º 37, Edif. Casa de las Flores, local 13, se dictó, de conformidad con el art. 21 y 23 LC, el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de fin de fase común y apertura de liquidación de fecha 23/05/14, cuya parte dispositiva es la siguiente:Parte dispositiva1.- Se acuerda poner fin a la fase común.2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación del concurso EUROBLANCA TOURS, S.L.3.- Se mantiene la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada EUROBLANCA TOURS, S.L., con C.I.F B-53418216, y con domicilio social en Benidorm (Alicante), Avenida del Mediterráneo, número 37, Edificio Casa de las Flores, local 13, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realizaciónNotifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro MercantilEn tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuitaSi no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesalModo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto «pago recurso de apelación», sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre).Se considera la apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4.A los efectos dichos déjese nota de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por parte que no esté personada en el proceso concursal general.Lo acuerda y firma S.S.ª Doy feFirma del Magistrado – Juez. Firma del Secretario.Alicante, 23 de mayo de 2014.- La Secretario Judicial.
19-03-2014
A140010987
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante anuncia:1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el Administrador Concursal, proveído por resolución de fecha 6 de marzo de 2014, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 881/13 y de la concursada EUROBLANCA TOURS, S.L.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edictoPara hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Alicante, 6 de marzo de 2014.- La Secretario Judicial.
27-01-2014
A140001642
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.- Que por Auto de fecha 5 de diciembre de 2013 en el procedimiento con número de autos 881/13 y NIG 03014-66-2-2013-0001929, se ha declarado en concurso necesario abreviado al deudor Euroblanca Tours, S.L., con CIF B-53418216, y con domicilio social en Benidorm (Alicante), Avda. del Mediterráneo, n.º 37, Edificio Casa de las Flores, local 13. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2290, folio 214, sección 8, hoja A-56626, inscripción 1.ªSegundo.-Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de administración y disposición que pasarán a ejercerse por la administración concursal.Tercero.-Que por Auto de fecha 7 de enero de 2014 ha sido nombrado administrador concursal D. Javier López Bassets, con DNI 21442242D, en calidad de Abogado, con domicilio postal en Alicante, calle Portugal, n.º 39, 2.º dcha., teléfono 965126366 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el «Boletín Oficial del Estado».Alicante, 14 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.
Última dirección de Euroblanca-Tours S.L.: