Concurso de acreedores Fabrica De Ceramica Del Castro SL
El 03-04-2014, Fabrica De Ceramica Del Castro SL, en SADA (La Coruña) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15006869. La principal actividad de la empresa Fabrica De Ceramica Del Castro SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Información General de Fabrica De Ceramica Del Castro SL
Nombre de la mercantil: Fabrica De Ceramica Del Castro SL
Localidad: SADA
Provincia: La Coruña
Dirección: O CASTRO 015160 SADA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B15006869
Número De Insolvencia: B15006869
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA
Actividad Principal de Fabrica De Ceramica Del Castro SL
La actividad de la empresa Fabrica De Ceramica Del Castro SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores Fabrica De Ceramica Del Castro SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-05-2016
A160020733
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC),Anuncia1.º-Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 118/14-M, sobre declaración de concurso de las entidades «Fábrica de Cerámica del Castro, S.L.», -FCC- con CIF B-15.006.869, domiciliada en Lugar de Castro de Samoedo, Sada (A Coruña) y «Fábrica de Cerámica de Sargadelos, S.L.», -FCS-, con CIF B-15.011.422, domiciliada en Lugar de Paraño, parroquia de Sargadelos, s/n, Cervo (Lugo), se ha dictado sentencia con fecha 3/03/2016 y auto aclarando la misma con fecha 10/03/2016, conteniendo entre otros los siguientes pronunciamientos:Fallo1.-Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Fábrica de Cerámicas del Castro, S.L.; y el convenio propuesto por la concursada Fábrica de Cerámica de Sargadelos, S.L.; según la redacción obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal; entre ellos el cese de la Administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, que deberá rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente.2.-Notifíquese la sentencia a los concursados, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.3.-Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios de este tribunal.4.-Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.5.-Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.6.-Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.Modo de Impugnación: Recurso de apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Coruña en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución en virtud de lo establecido en el artículo 197 de la LC, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente edicto.A Coruña, 17 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
29-04-2014
A140017654
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento 118/14-m, por auto de 3 de abril de 2014 se ha declarado en concurso voluntario a las entidades deudoras: Fábrica de Cerámica del Castro, S.L., C.I.F. B-15006869, domiciliada en lugar de Castro de Samoedo, Sada (A Coruña) y Fábrica de Cerámica Sargadelos, S.L., C.I.F. B-15011422, domiciliada en lugar de Paraño, parroquia de Sargadelos s/n, Cervo (Lugo).2.º Que las deudoras declaradas en concurso conservarán las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.3.º Que los acreedores de las concursadas deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la LC).5.º Que ha sido nombrado administrador concursal DEBCO ESTRUCTURA PROFESIONAL, S.L.P., con despacho a efectos de notificaciones de créditos en c/ Menéndez Pelayo, núm. 8, 3.º, A Coruña y dirección electrónica: [email protected] Coruña, 7 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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