Concurso de acreedores Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL

Concurso de acreedores Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL

El 14-09-2012, Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL, en AJOFRIN (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45421237. La principal actividad de la empresa Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL es fabricación de muebles. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL

Nombre de la mercantil: Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL
Localidad: AJOFRIN
Provincia: Toledo
Dirección: ROCINANTE 245110 AJOFRIN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45421237
Número De Insolvencia: B45421237
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL

La actividad de la empresa Fabricacion Y DiSeño De Muebles Jaycar SL es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

19-10-2012
A120070814

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EDICTODon Alfonso José Moreno Moreno, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo, por el presente hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000237/2012 y NIG n.º 4516841 1 2012/0003473, se ha dictado en fecha 14de septiembre de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Fabricación y Diseño de Muebles Jaycar, S.L.U., con CIF B-45421237, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ajofrin, C/ Rocinante, 2.2.º Que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a don Alejandro Javier Díaz Suelto Villarrubia, con NIF 3836991Q, con domicilio postal en Orgáz, C/ Pintor Sánchez Cotán, n.º 2 y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de los créditos3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la LC a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 14 de septiembre de 2012.- Secretario judicial.

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