Concurso de acreedores Ferralla Lois SL
El 01-01-0001, Ferralla Lois SL, en CARRAL (La Coruña) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15431398. La principal actividad de la empresa Ferralla Lois SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Ferralla Lois SL
Nombre de la mercantil: Ferralla Lois SL
Localidad: CARRAL
Provincia: La Coruña
Dirección: INDUSTRIAL OS CAPELOS 015175 CARRAL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B15431398
Número De Insolvencia: B15431398
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA
Actividad Principal de Ferralla Lois SL
La actividad de la empresa Ferralla Lois SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-10-2010
71532
Cese de los Administradores
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña anuncia:Que en el procedimiento concursal seguido ante este Juzgado con el número 54/2009 respecto de la entidad mercantil «Ferralla Lois, S.L.», con CIF nº B-15431398, con domicilio en polígono Os Capelos, P-40, 15182 Carral (A Coruña), se ha dictado con fecha 7 de septiembre de 2010 auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente,Dispongo: La suspensión de las facultades de administración y disposición del Administrador de la concursada que pasarán a desempeñarse por la administración concursal.A Coruña, 7 de septiembre de 2010.- El Secretario judicial.
07-08-2009
60179
Auto de declaración de concurso
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil n.2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º- Que en el procedimiento número 54/2009, por auto de 21 de julio de dos mil nueve se ha declarado en concurso necesario al deudor Ferralla Lois, S.L., con CIF nº B-15431398 con domicilio en Polígono Os Capelos, P-40, 15182 Carral (A Coruña) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carral (A Coruña).2º- Que la deudora declarada en concurso conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido al ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad, sin perjuicio de la facultad de estos de solicitar la modificación en cualquier momento.3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).5º- Que la administración concursal está integrada por el abogado D. Julio Rafael Fernández Maestre con domicilio en A Coruña, calle Caballeros, núm. 3-entpta. Dcha., el economista D. Francisco Prada Gayoso, con domicilio en Madrid, calle Almagro, núm. 3-5º Dcha. y un administrador acreedor que en su momento se designará.A Coruña, 22 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.