Concurso de acreedores terminado Functional Ingredients SL
El 19-04-2012, Functional Ingredients SL, en HERRERA (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91202622. La principal actividad de la empresa Functional Ingredients SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Functional Ingredients SL
Nombre de la mercantil: Functional Ingredients SL
Localidad: HERRERA
Provincia: Sevilla
Dirección: VELAZQUEZ 1141567 HERRERA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B91202622
Número De Insolvencia: B91202622
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Functional Ingredients SL
La actividad de la empresa Functional Ingredients SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
30-06-2014
A140032255
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Que en el procedimiento número 159/2014, con NIG 4109142M20120001065 por auto de 2/06/14 se ha declarado lo siguiente:1.- La conclusión del proceso concursal de Funcional Ingredients, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 466/12-M. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de 5 días.3.- La declaración de extinción de la sociedad Funcional Ingredients, S.L., con CIF: B-91202622 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente.A tales efectos y en particular respecto de ejecuciones singulares de acreedores, la inclusión, de su crédito en la lista definitiva se equipara a una sentencia de condena firme, de conformidad con el art. 178.2 LC.4.- Notificar el extracto de esta resolución en el BOE. Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante dichos mandamientos.5.- Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso (art. 177 LC).6.- Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos.7.- Una vez diligenciados los mandamientos y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón.Sevilla, 12 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.
21-05-2012
A120029985
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la LC, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 466/2012, por auto de 19/04/12 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Functional Ingredients, S.L., con CIF B91202622 con domicilio y centro de principales intereses lo tiene en C/ Velázquez, n.º 11, de Herrera (Sevilla).2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Jenaro López Suárez, con domicilio postal Avda. San Francisco Javier, 9, Sevilla 2, Módulo 157 de Sevilla y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sevilla, 4 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.