Concurso de acreedores Galiciano S.L.

Concurso de acreedores Galiciano S.L.

El 13-05-2010, Galiciano S.L., en SALVATERRA DE MIÑO (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. Como síndico se ha designado RODRIGUEZ DIOS EMILIO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36363190. La principal actividad de la empresa Galiciano S.L. es actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros.

Información General de Galiciano S.L.

Nombre de la mercantil: Galiciano S.L.
Localidad: SALVATERRA DE MIÑO
Provincia: Pontevedra
Dirección: MEDER SN 036450 SALVATERRA DE MIÑO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36363190
Número De Insolvencia: B36363190
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Galiciano S.L.

La actividad de la empresa Galiciano S.L. es Entidades financieras

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-06-2010
42808

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Don José Tronchoni Albert, Secretario del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1- Que en el procedimiento de concurso abreviado número 130/10 correspondiente a la mercantil Galiciano, S.L. CIF.- B 36.363.190 cuyo centro de sus intereses principales lo tiene en lugar de Meder, S.n., San Adrián, Salvaterra de Miño, Pontevedra y coincide con el lugar de su domicilio, por auto de fecha 13 de mayo de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al mencionado deudor.2- Se ha nombrado Administrador único del concurso a don Emilio Rodríguez de Dios, DNI 34724982-L, Economista, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC.3-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.4-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Artículo 184.3 LC).Pontevedra, 20 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

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