Concurso de acreedores Genogestion Software Sociedad Limitada

Concurso de acreedores Genogestion Software Sociedad Limitada

El 25-11-2010, Genogestion Software Sociedad Limitada, en MASSAMAGRELL (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. Como síndico se ha designado SALOM ALBORCH VICENTE ANTONIO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97779813. La principal actividad de la empresa Genogestion Software Sociedad Limitada es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.

Información General de Genogestion Software Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Genogestion Software Sociedad Limitada
Localidad: MASSAMAGRELL
Provincia: Valencia
Dirección: DE MUSEROS 046130 MASSAMAGRELL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B97779813
Número De Insolvencia: B97779813
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Genogestion Software Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Genogestion Software Sociedad Limitada es Información y comunicaciones

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

13-06-2012
A120042422

 

Cese de los Administradores

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Doña María Teresa García Grande, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:Por el presente, se hace saber, que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Genogestión Software, S.L., con el número de registro 834/10 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 27 de enero 2012, con el siguiente tenor literal: «Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los Administradores de la empresa concursada.Se declara la disolución de la mercantil concursada Genogestión Software, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Joaquín Barber Peiró, con DNI número 19983008X, que presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.De conformidad con el artículo 168.1 LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.»Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.Valencia, 27 de enero de 2012.-

18-12-2010
90523

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Dña. María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos del Concurso de Acreedores num. 834/2010 habiéndose dictado en fecha 25 de noviembre de 2010 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil, Genogestión Software, S.L., con domicilio en Massamagrell (Valencia), calle Avda. de Museros, 23-5.18 y CIF número B-97779813, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 8497, libro 5787, folio 182, Sección 8ª, hoja V-115514 decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal. D. Vicente Salom Alborch, con DNI. número 19.987.770-B, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. de la Ley Concursal.Valencia, 25 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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