Concurso de acreedores Gestoria Callarisa SL
El 12-06-2015, Gestoria Callarisa SL, en AMPOSTA (Tarragona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43336916. La principal actividad de la empresa Gestoria Callarisa SL es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
Información General de Gestoria Callarisa SL
Nombre de la mercantil: Gestoria Callarisa SL
Localidad: AMPOSTA
Provincia: Tarragona
Dirección: ALCALDE PALAU 5343870 AMPOSTA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B43336916
Número De Insolvencia: B43336916
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA
Actividad Principal de Gestoria Callarisa SL
La actividad de la empresa Gestoria Callarisa SL es Actividades administrativas y servicios auxiliares
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-06-2015
A150029613
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Auto de declaración de concurso
EdictoDon Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:Número de asunto: Concurso n.º 456/15, Sección 3.NIG: 4314847120158004775.Fecha del auto de declaración: 12-6-15.Clase de concurso: Voluntario abreviado.Entidad concursada: GESTORÍA CALLARISA, S.L., con domicilio en avenida Alcalde Palau, 53, 43870 de Amposta (Tarragona), CIF n.º B43336916 y representada por la Procuradora Marta López Cano.Administrador concursal: D. Francisco José Conca Higón, con dirección en Urb. Soto de Camarena, sector B, núm. 10, Betera, Tfno. 963522846, fax 963522846 y email «[email protected]».Régimen de las facultades del concursado: Intervención de facultades.Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse.Tarragona, 18 de junio de 2015.- Secretario judicial.
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