Concurso de acreedores terminado Graveras Del Llano SL
El 07-10-2013, Graveras Del Llano SL, en POZUELO DE ALARCON (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B84443340. La principal actividad de la empresa Graveras Del Llano SL es otras industrias extractivas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Graveras Del Llano SL
Nombre de la mercantil: Graveras Del Llano SL
Localidad: POZUELO DE ALARCON
Provincia: Madrid
Dirección: DOCTOR CORNAGO 128223 POZUELO DE ALARCON
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B84443340
Número De Insolvencia: B84443340
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Graveras Del Llano SL
La actividad de la empresa Graveras Del Llano SL es Extracción de recursos minerales
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
29-01-2020
A200004230
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EDICTODon Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,AnunciaQue en el procedimiento concursal voluntario número 470/2015 referente al concursado Graveras del Llano, S.L., se ha dictado auto de 29 de noviembre de 2019 en el que se ha acordado lo siguiente:La conclusión y archivo del concurso de Graveras del Llano, S.L., cesando a todos los efectos de la declaración del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.El cese en su cargo del Administrador concursal Emiliano Ochoa García aprobándose las cuentas formuladas.Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.Madrid, 29 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.
26-12-2013
A130068658
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 592/13 se ha dictado auto por el Juez D. Jesús Alemany Eguidazu de fecha 7 octubre de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Graveras del Llano, S.L., con CIF: B-84443340.2.º- Con fecha 29-11-2013 se ha dictado auto aceptando la renuncia de D. Vicente Domínguez Casas como administrador concursal de y nombrando en su lugar a D. Emiliano Ochoa García.Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal D. Emiliano Ochoa García, en Calle Fernández de la Hoz, n.º 31, 1.º centro izda., 28010 Madrid, con correo electrónico [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).Madrid, 3 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
22-10-2013
A130056686
EdictoDon Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid,Anuncia:1.º Que en el procedimiento número 596/2013 referente al concursado Graveras de Llano, S.L., se ha dictado auto por el Magistrado don Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 7, de octubre del 2013, en el Concurso Voluntario Abreviado con NIG: 28079100081332013 CIF: B-84443340.2.º El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.4.ºLa comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Vicente Domínguez Casas, con domicilio en la calle con domicilio profesional, actualmente, en Avenida de Atenas, n.º 9, oficina 1, CP: 28922 Alcorcón (Madrid), con correo electrónico [email protected] no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Madrid, 7 de octubre de 2013.- El Secretario judicial.
07-10-2013
n/a
Auto de declaración de concurso voluntario
SE DECLARA EN CONCURSO,QUE TIENE CARÁCTER DE VOLUNTARIO AL DEUDOR «GRAVERAS DEL LLANO SL».EL DEUDOR CONSERVARÁ LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN SOBRE SU PATRIMONIO, QUEDANDO SOMETIDO EL EJERCICIO DE ÉSTAS A LA INTERVENCIÓN DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSALES, MEDIANTE SU AUTORIZACIÓN O CONFORMIDAD.