Concurso de acreedores Habilitaespai 2006 SL
El 24-06-2011, Habilitaespai 2006 SL, en VILLAR DEL ARZOBISPO (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97686505. La principal actividad de la empresa Habilitaespai 2006 SL es construcción de edificios.
Información General de Habilitaespai 2006 SL
Nombre de la mercantil: Habilitaespai 2006 SL
Localidad: VILLAR DEL ARZOBISPO
Provincia: Valencia
Dirección: INDUSTRIAL LA LOMA 046170 VILLAR DEL ARZOBISPO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B97686505
Número De Insolvencia: B97686505
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Habilitaespai 2006 SL
La actividad de la empresa Habilitaespai 2006 SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
11-10-2011
72680
Auto de declaración de concurso voluntario
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario número 764/11, habiéndose dictado en fecha 24 de junio de 2011, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, auto de declaración de concurso de acreedores de Habilitaespai 2006, S.L., con domicilio en Polígono Industrial La Loma, parcela 23, Villar del Arzobispo (Valencia) y CIF n.º B97686505, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 8346, libro 5637, de la Sección 8, folio 130, hoja V-110214.Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.Valencia, 24 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.