Concurso de acreedores Habitat Lux Palma SL

Concurso de acreedores Habitat Lux Palma SL

El 25-02-2015, Habitat Lux Palma SL, en MARRATXI (Baleares) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07871478. La principal actividad de la empresa Habitat Lux Palma SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Habitat Lux Palma SL

Nombre de la mercantil: Habitat Lux Palma SL
Localidad: MARRATXI
Provincia: Baleares
Dirección: GLADIOL, 41 – BJ 007141 MARRATXI
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B07871478
Número De Insolvencia: B07871478
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Habitat Lux Palma SL

La actividad de la empresa Habitat Lux Palma SL es

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Publicaciones Concurso de acreedores Habitat Lux Palma SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

05-03-2015
A150008610

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca,Por el presente hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 975/2014-A (NIG: 07040 47 1 2014/0001535) se ha dictado en fecha 28.01.2015 auto de declaración de concurso voluntario ordinario de la deudora Habitat Lux Palma, S.L., con cif b07871478, y con domicilio Plaza Rey Juan Carlos I, n.º 3, 2.º-1.ª, 07012, de Palma de Mallorca.2.º Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de los concursados.3.º Se ha nombrado administrador concursal a la letrada Luisa Parra Carreté, con domicilio profesional en la calle Olmos, n.º 49, 1.º b, de Palma de Mallorca, y correo electrónico [email protected], la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 25 de febrero de 2015.- Secretario Judicial.

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