Concurso de acreedores terminado Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral

Concurso de acreedores terminado Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral

El 14-01-2010, Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral, en ERMUA (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B48953467. La principal actividad de la empresa Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral

Nombre de la mercantil: Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral
Localidad: ERMUA
Provincia: Vizcaya
Dirección: AREITIO (KM 5) 048260 ERMUA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B48953467
Número De Insolvencia: B48953467
Juzgado: Juzgado de BILBAO

Actividad Principal de Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral

La actividad de la empresa Herramientas Ermua Sociedad Limitada Laboral es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

25-06-2013
A130036206

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:Que en el procedimiento concursal número 841/2009, en el que figura como concursado Herramientas Ermua, S.L.L., se ha dictado el 6/6/2013, auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.En dicha resolución se declara que el deudor Herramientas Ermua, S.L.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Bilbao, 6 de junio de 2013.- La Secretario Judicial.

14-10-2010
68024

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia),Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 841/09 referente al concursado Herramientas Ermua, S.L.L. con NIF B48953467, por auto de fecha 8 de septiembre de 2010 se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la mercantil Herramientas Ermua, S.L.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el «Boletín Oficial del Estado» cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Bilbao, 8 de septiembre de 2010.- El/La Secretario.

25-01-2010
2872

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1. Que en el procedidmiento número 841/09, por auto de 14 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor «Herramientas Ermua, S.L.L.», con NIF B48953467, con domicilio en carretera de Areitio, km 5, Ermua, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ermua.2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposicion de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicacion es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».4. Que los acreedores e interesdos que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Bilbao, 14 de enero de 2010.- La Secretario Judicial.

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