Concurso de acreedores Hervasol SL
El 03-03-2020, Hervasol SL, en LA ALDEA DEL OBISPO (Cáceres) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CÁCERES. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B10066918. La principal actividad de la empresa Hervasol SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Hervasol SL
Nombre de la mercantil: Hervasol SL
Localidad: LA ALDEA DEL OBISPO
Provincia: Cáceres
Dirección: BENAVENTE 1110291 LA ALDEA DEL OBISPO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B10066918
Número De Insolvencia: B10066918
Juzgado: Juzgado de CÁCERES
Actividad Principal de Hervasol SL
La actividad de la empresa Hervasol SL es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores Hervasol SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-03-2020
A200014567
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D./Dª. Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de Administración de Justicia de Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción Nº 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000133 /2020 y NIG número 10037 41 1 2020 0000787, se ha dictado en fecha 03-03-2020 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Hervasol, S.L., con CIF n.° B10066918, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Benavente, n.º 11, 10200 Trujillo.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a la mercantil Afeco Abogados y Economistas, con CIF n.° B10398758, con domicilio postal en Avda. de Alemania, n.º 41, 10001 Cáceres, y dirección electrónica señalada [email protected], representada por el Economista D. Aurelio Jaraiz Maldonado, con NIF n.º 06969201V, y con el mismo domicilio y dirección electrónica, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Cáceres, 3 de marzo de 2020.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Montero Manchado, Juan Fernando.
Última dirección de Hervasol SL: