Concurso de acreedores Hotel Mainake SL

Concurso de acreedores Hotel Mainake SL

El 23-10-2012, Hotel Mainake SL, en VELEZ-MALAGA (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. Como síndico se ha designado DOMINGUEZ DE LA MAZA, JOSE MARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B29836962. La principal actividad de la empresa Hotel Mainake SL es servicios de alojamiento. Se ha presentado la propuesta de convenio.

Información General de Hotel Mainake SL

Nombre de la mercantil: Hotel Mainake SL
Localidad: VELEZ-MALAGA
Provincia: Málaga
Dirección: ANDALUCIA (TORRE DEL MAR) 13929700 VELEZ-MALAGA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B29836962
Número De Insolvencia: B29836962
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Hotel Mainake SL

La actividad de la empresa Hotel Mainake SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

19-05-2018
A180033226

 

Aprobación del convenio

Presentación de la propuesta de convenio

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga/1bis,Anuncia:1. Que en el procedimiento concursal Concursal – Sección 5ª (Convenio y liquidación) 837.05/2012 se ha dictado el 10 de abril de 2018 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la sociedad concursada Hotel Mainake S.L.. Dicha resolución es firme, dice literalmente en el fallo lo siguiente:Se aprueba la propuesta de convenio presentada por la concursada Hotel Mainake S.L., sometida a votación en la junta de acreedores de 9 de marzo de 2018, adquiriendo plena eficacia desde la fecha de esta resolución y cesando los efectos de la declaración del concurso y cesando la administración concursal, quien deberá rendir cuentas de su gestión en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución.Procédase la formación de la sección sexta de este concurso.Publíquese la sentencia en los mismos medios en que se publicó la declaración del concurso y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción.Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.Publicación.-La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el día de su fecha. Doy fe.Málaga, 7 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

29-04-2013
A130020371

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal 837/12 referente al deudor Hotel Mainake, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Málaga, 17 de abril de 2013.- Secretario Judicial.

18-02-2013
A130006274

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 837/12, por auto de fecha 23 de octubre de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Hotel Mainake, S.L., con NIF B-29836962, domicilio en Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que la administración concursal la integra:Don José María Domínguez de la Maza, provisto de DNI 25661864-M; que lo hace en nombre y representación de la sociedad Nuevos Proyectos de Financiación y Consultoría, S.C.P. (Nuprofin Asesores) con domicilio en calle Don Juan Diaz, n.º 2, 3.ª planta, Málaga y código postal 29015, Tfno.: 952 220 219, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 5 de febrero de 2013.- Secretario Judicial.

Deja un comentario