Concurso de acreedores Humiclima Servicio Canarias Sa

Concurso de acreedores Humiclima Servicio Canarias Sa

El 19-04-2017, Humiclima Servicio Canarias Sa, en LA OLIVA (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A35208453.

Información General de Humiclima Servicio Canarias Sa

Nombre de la mercantil: Humiclima Servicio Canarias Sa
Localidad: LA OLIVA
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: APARTAMENTOS CERPA 435640 LA OLIVA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A35208453
Número De Insolvencia: A35208453
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Humiclima Servicio Canarias Sa

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

06-05-2017
A170032383

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000116/2017, seguido a instancias del Procurador/a doña Gemma Ayala Domínguez, en nombre y representación de SERVICIO RÁPIDO CANARIAS S.L., se ha dictado Auto el día 19 de abril de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de SERVICIO RÁPIDO CANARIAS S.L. con CIF, nº B35343466, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.Se designan como Administradores del concurso a: Doña Marina González Olivera, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Triana, nº 103, 1º derecha, y código postal desconocido, teléfono 928.22.73.75 y fax 928.22.51.29, así como dirección electrónica [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención por parte de la Administración Concursal.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado ( art. 184.3 LC).D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez, doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. Firmados y rubricados.Las Palmas de Gran Canaria, 2 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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