Concurso de acreedores I.P.P. Sa

Concurso de acreedores I.P.P. Sa

El 01-01-0001, I.P.P. Sa, en ASPE (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado PASCUAL CARDONA, VICENTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A03257656. La principal actividad de la empresa I.P.P. Sa es fabricación de productos de caucho y plásticos. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.

Información General de I.P.P. Sa

Nombre de la mercantil: I.P.P. Sa
Localidad: ASPE
Provincia: Alicante
Dirección: INDUSTRIAL TRES HERMANAS 103680 ASPE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A03257656
Número De Insolvencia: A03257656
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de I.P.P. Sa

La actividad de la empresa I.P.P. Sa es Industria

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Publicaciones Concurso de acreedores I.P.P. Sa:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

01-02-2019
A190004838

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

 
Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado [CNA]000398/2014-K sobre declaración de concurso de la mercantil IPP, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Tres Hermanas, parcela 1, Aspe/Alicante, y CIF A-03257656, se ha dictado auto de fecha 08/01/2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:Parte dispositiva.1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4. Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concusal.5. Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.6. La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.Se expide el presente.Alicante, 8 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justica, Pilar Solanot García.

23-10-2014
A140051676

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado -000389/2014-k, sobre declaración de concurso de la mercantil IPP, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Tres Hermanas, parcela 1, Aspe/Alicante y CIF número A-03257656, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 D.C., y se ha dictado providencia de fecha 7-10-14, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento:Frente al inventario y lista de acreedores interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edictoY para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.Alicante, 7 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

16-09-2014
A140045648

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,Hago saber:Que en el procedimiento concurso abreviado-000398/2014-K, sobre declaración de concurso de la mercantil IPP, S.A., con domicilio en el polígono industrial Tres Hermanas, parcela 1, Aspe (Alicante), y C.I.F. número A-03257656, se ha dictado Auto de fecha 24-07-2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Se rectifica auto de 26-06-2014, en el sentido de que donde se dice, Vicente Pascual Pascual, debe decir, Vicente Pascual Cardona.Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.»Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.Alicante, 24 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

16-09-2014
A140045648

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,Hago saber:Que en el procedimiento concurso abreviado-000398/2014-K, sobre declaración de concurso de la mercantil IPP, S.A., con domicilio en el polígono industrial Tres Hermanas, parcela 1, Aspe (Alicante), y C.I.F. número A-03257656, se ha dictado Auto de fecha 24-07-2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Se rectifica auto de 26-06-2014, en el sentido de que donde se dice, Vicente Pascual Pascual, debe decir, Vicente Pascual Cardona.Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.»Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.Alicante, 24 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

15-07-2014
A140035934

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos lde Concurso Abreviado – 398/2014-K, en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a IPP, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Tres Hernanas, parcela 1, Aspe/Alicante, CIF A-03257656. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación en el BOE.Identidad de la Admon. Concursal: D. Vicente Pascual Pascual, en su cualidad de economista, con DNI 21.637.576-G, y con domicilio en calle San Jorge, 1. 1.º, 03801 Alcoy, Fax 965546772, teléfono 965542422, y dirección de email: [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 26 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

15-07-2014
A140035934

 

Cese de los Administradores

 
Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos lde Concurso Abreviado – 398/2014-K, en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a IPP, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Tres Hernanas, parcela 1, Aspe/Alicante, CIF A-03257656. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación en el BOE.Identidad de la Admon. Concursal: D. Vicente Pascual Pascual, en su cualidad de economista, con DNI 21.637.576-G, y con domicilio en calle San Jorge, 1. 1.º, 03801 Alcoy, Fax 965546772, teléfono 965542422, y dirección de email: [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 26 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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