Concurso de acreedores Igon SL

Concurso de acreedores Igon SL

El 16-10-2013, Igon SL, en POLA DE SIERO (Asturias) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B33128851. La principal actividad de la empresa Igon SL es transporte terrestre y por tubería.

Información General de Igon SL

Nombre de la mercantil: Igon SL
Localidad: POLA DE SIERO
Provincia: Asturias
Dirección: INDUSTRIAL MERES (MERES) 033510 POLA DE SIERO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B33128851
Número De Insolvencia: B33128851
Juzgado: Juzgado de OVIEDO

Actividad Principal de Igon SL

La actividad de la empresa Igon SL es Transporte y almacenamiento

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

05-11-2013
A130060380

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDon Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, por el presente,Hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado en la Sección I declaración concurso 224/2013, se ha dictado a instancias del deudor «Igón, S.L.», con CIF B-33128851, y con domicilio en calle Fernández de Oviedo, n.º 22, 3ª A, Oviedo, Auto de declaración de concurso voluntario, en fecha once de octubre de dos mil trece.2.º Como Administración Concursal se ha designado, al letrado don Álvarez López Castro, con domicilio postal en C/ Uría, n.º 46-2º, de Oviedo, 33006, teléfono: 985081020/677579901 y fax: 985081021 y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, efectúen la comunicación de créditos.Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE y el Comercio.3.º El dedudor «Igón, S.L.», conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración Concursal.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).Oviedo, 16 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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