Concurso de acreedores Igs Villalba SL

Concurso de acreedores Igs Villalba SL

El 30-01-2014, Igs Villalba SL, en ALPEDRETE (Madrid) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B82196619. La principal actividad de la empresa Igs Villalba SL es construcción de edificios. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.

Información General de Igs Villalba SL

Nombre de la mercantil: Igs Villalba SL
Localidad: ALPEDRETE
Provincia: Madrid
Dirección: EXTREMADURA, 34 – PISO 1 C 028903 GETAFE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B82196619
Número De Insolvencia: B82196619
Juzgado: Juzgado de MADRID

Actividad Principal de Igs Villalba SL

La actividad de la empresa Igs Villalba SL es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores Igs Villalba SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

12-11-2014
A140055788

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:Primero.- Que en el procedimiento concursal número 609/13, referente al deudor IGS Villalba, S.L., con CIF B-821966I9, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edita que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Tercero.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales.Madrid, 27 de octubre de 2014.- Secretaria judicial.

07-08-2014
A140041654

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 609/2013, por auto de 21 de julio de 2014, se ha declarado en concurso al deudor IGS Villalba, S.L. con CIF B82196619 con domicilio en Plaza del Caño, número 3 de Alpedrete (Madrid).Segundo.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado:Belén Cañellas García.Ronda de la Buganvilla del Rey, 111 (28023 Madrid) [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Madrid, 21 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

24-04-2014
A140018933

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 6, anuncia:Que en este Juzgado se siguen autos de concurso necesario a instancias del Procurador don Ignacio Melchor Oruña en nombre y representación de Central de Inversiones Coto Industrial, S.L., frente a IGS Villalba, S.L., en los que se ha dictado auto firme en fecha 31 de marzo de 2014, en cuya parte dispositiva se acuerda:Se declara la nulidad de lo actuado desde el auto de fecha 31 de enero de 2014.En su virtud, se acuerda:Primero.- Dar publicidad a esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.Segundo.- Librar mandamiento al Registro Mercantil de Madrid a fin de que tomen anotación de nulidad de la declaración de concurso de la mercantil IGS Villalba, S.L., con CIF B82196619.Tercero.- Emplazar a la mercantil IGS Villalba, S.L., con entrega de la solicitud, y del auto dictado en fecha 19 de julio de 2013, para que en el plazo de de cinco días, dentro del cual se le pondrán de manifiesto los autos y podrá formular su oposición, proponiendo los medios de prueba de que intente valerse, compareciendo por medio de Procurador y asistido de Letrado.El emplazamiento habrá de realizarse en el domicilio designado en 1.ª solicitud, cumpliéndose, en su caso, lo previsto en el artículo 184-7 Ley Concursal.Y para que conste y sirva de publicidad en forma, se expide el presente.Madrid, 31 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.

20-03-2014
A140012384

 

Auto de declaración de concurso

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 609/2013, por auto de 30 de enero de 2014, se ha declarado en concurso al deudor IGS Villalba, S.L., con CIF B82196619, con domicilio en Plaza del Caño, número 3 de Alpedrete (Madrid).Segundo.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado:Belén Cañellas García, Ronda de la Buganvilla del Rey, 111 (28023 Madrid) o [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Madrid, 31 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

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