Concurso de acreedores Impemir SL

Concurso de acreedores Impemir SL

El 01-02-2013, Impemir SL, en VILLAGONZALO PEDERNALES (Burgos) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BURGOS. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B09244815. La principal actividad de la empresa Impemir SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Impemir SL

Nombre de la mercantil: Impemir SL
Localidad: VILLAGONZALO PEDERNALES
Provincia: Burgos
Dirección: MADRID (KM 234 CL MERCURIO) 509195 VILLAGONZALO PEDERNALES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B09244815
Número De Insolvencia: B09244815
Juzgado: Juzgado de BURGOS

Actividad Principal de Impemir SL

La actividad de la empresa Impemir SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

07-03-2013
A130011173

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Burgos, por el presente, hago saber:1.º Que en la Sección Primera del Procedimiento Concursal n.º 280/2012 y NIG n.º 09059.42 1 2012 0009424, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 1-02-2013 Auto declarando en concurso voluntario al deudor Impemir, S.L., con CIF n.º B09244815 y domicilio social en la Carretera Madrid-Irún, Km 234, c/ Mercurio, n.º 5, Villagonzalo Pedernales (Burgos).2.º Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal designada de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista don Francisco Javier Alonso Martínez, con domicilio postal en la c/ Caja de Ahorros Municipal, n.º 1, 4.º B, CP 09001 Burgos y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Burgos, 7 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Deja un comentario