Concurso de acreedores Industrias Pesadas De Galicia SL.
El 03-09-2012, Industrias Pesadas De Galicia SL., en SILLEDA (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36449809. La principal actividad de la empresa Industrias Pesadas De Galicia SL. es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Industrias Pesadas De Galicia SL.
Nombre de la mercantil: Industrias Pesadas De Galicia SL.
Localidad: SILLEDA
Provincia: Pontevedra
Dirección: EMPRESARIAL AREA- 33 036540 SILLEDA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36449809
Número De Insolvencia: B36449809
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Industrias Pesadas De Galicia SL.
La actividad de la empresa Industrias Pesadas De Galicia SL. es Industria
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
20-09-2012
A120063139
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D. Jose Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 134/2012-R y Nig nº 36038 47 1 2012/0000068 se ha dictado en fecha 3 de septiembre de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Industrias Pesadas de Galicia S.L., con CIF n.º B-36449809, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 2918, hoja PO-34170, Libro 2918, Folio 1185, Inscripción 1ª, y con domicio social en Polígono Area, nº 33, Parcela 25 de Silleda.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a D. Diego Luís Miguel Comendador Alonso, con domicilio postal en C/ Marqués de Valladares, n.º 23, oficina 1, 36201 Vigo, y correo electrónico: [email protected] y dirección eletrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igulamente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniques a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Pontevedra, 3 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.