Concurso de acreedores Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima
El 14-11-2012, Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima, en ARCAS DEL VILLAR (Cuenca) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CUENCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A78930880. La principal actividad de la empresa Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima es construcción de edificios. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima
Nombre de la mercantil: Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima
Localidad: ARCAS DEL VILLAR
Provincia: Cuenca
Dirección: BALLESTEROS 016123 ARCAS DEL VILLAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A78930880
Número De Insolvencia: A78930880
Juzgado: Juzgado de CUENCA
Actividad Principal de Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima
La actividad de la empresa Inmobiliaria Lovar Sociedad Anonima es Construcción
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
24-01-2013
A130003135
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
E D I C T OEl Juzgado de Primera Instancia número 2 y de lo Mercantil de Cuenca anuncia:1.- Que en el concurso voluntario abreviado 472/2012, referente al deudor INMOBILIARIA LOVAR SA, CIF A78930880, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE, Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Cuenca, 21 de enero de 2013.- Secretario judicial.
24-11-2012
A120079663
Rectificatie
EdictoEl Juzgado de Primera Instancia número 2 y de lo Mercantil de Cuenca hace saber:1.º Que en el edicto publicado el día 17 de noviembre de 2012 referido a los autos de concurso voluntario ordinario 472/2012 del deudor Inmobiliaria Lovar, S.A., cif A78930880, con domicilio en Arcas del Villar, Cuenca, Camino de Ballesteros, s/n cuyo centro de intereses principales lo tiene en Arcas del Villar existe un error en el correo electrónico señalado para la comunicación de créditos a la administración concursal.2.º Que la dirección electrónica correcta para la comunicación de créditos a la administración concursal es la siguiente: [email protected] dirección electrónica para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos en el plazo indicado en el mencionado edicto.Cuenca, 20 de noviembre de 2012.- Secretario judicial.
17-11-2012
A120078359
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de Primera Instancia número 2 y de lo Mercantil de Cuenca, hace saber:1.º Que en los autos de concurso voluntario ordinario 472/2012 se ha dictado en fecha cinco de noviembre de dos mil doce Auto de declaración de concurso del deudor Inmobiliaria Lovar, S.A., CIF A78930880, con domicilio en Arcas del Villar, Cuenca, camino de Ballesteros, s/n, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Arcas del Villar.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que sigue conservando el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a ILP Concursal, S.L.P., con domicilio postal a efectos de concurso en procuradora Sra. Paz Caballero, calle Carretería, número 18, piso 2, letra A, código postal 16002, Cuenca y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Cuenca, 14 de noviembre de 2012.- El Secretario judicial.