Concurso de acreedores Instalaciones Y Proyectos Mir SL
El 24-10-2012, Instalaciones Y Proyectos Mir SL, en MASQUEFA (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B65119380. La principal actividad de la empresa Instalaciones Y Proyectos Mir SL es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Instalaciones Y Proyectos Mir SL
Nombre de la mercantil: Instalaciones Y Proyectos Mir SL
Localidad: MASQUEFA
Provincia: Barcelona
Dirección: MASET (UR EL MASET) 1308783 MASQUEFA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B65119380
Número De Insolvencia: B65119380
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Instalaciones Y Proyectos Mir SL
La actividad de la empresa Instalaciones Y Proyectos Mir SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-11-2012
A120076282
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Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
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Edicto.El Secretario Judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.° 6 de Barcelona,Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 711/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 24 de octubre de 2012, el concurso voluntario de «Instalaciones y Proyectos MIR, S.L.», con n.° de CIF B-65.119.380, con domicilio social en Masquefa, Ur. el Maset, calle Maset n.° 13, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursa! designado don Antonio Muñoz de Gispert, abogado, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle Muntaner, n.° 292, pral. 2.ª, n.° de teléfono 93.531.91.00 o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente edicto.El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Barcelona, 24 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.