Concurso de acreedores terminado Inverdelta Norte Spain S.L.

Concurso de acreedores terminado Inverdelta Norte Spain S.L.

El 02-12-2008, Inverdelta Norte Spain S.L., en NAJERA (La Rioja) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LOGROÑO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B26203190. La principal actividad de la empresa Inverdelta Norte Spain S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Inverdelta Norte Spain S.L.

Nombre de la mercantil: Inverdelta Norte Spain S.L.
Localidad: NAJERA
Provincia: La Rioja
Dirección: SAN FERNANDO 13526300 NAJERA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B26203190
Número De Insolvencia: B26203190
Juzgado: Juzgado de LOGROÑO

Actividad Principal de Inverdelta Norte Spain S.L.

La actividad de la empresa Inverdelta Norte Spain S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

20-04-2011
26576

 

Conclusión del concurso

 
Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 1413/200, por auto de fecha 4 de abril de 2011 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil Movel Oak, S.L., con domicilio social en Carretera de Logroño, n.º 29, de Nájera (La Rioja) y CIF n.º 26273987 e inscrita en el Registro Mecantil de La Rioja en el tomo 430, folio 49, hoja LO-5927, inscripción 1.ª Procedimiento al que se acumularon los Procedimientos Concursales seguidos en este Juzgado con el n.º 1423/08 y n.º 1430/08, relativos a las mercantiles Le Noyer, S.L., con CIF B-95272217 e Inverdelta Norte Spain, S.L., con CIF n.º B-26203190, respectivamente, y con el mismo domicilio social ambas entidades mercantiles que la entidad Movel Oak, S.L.Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidades de terceros.2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreeedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Movel Oak, S.L.; Le Noyer, S.L. e Inverdelta Norte Spain, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado así como en el Boletín Oficial del Estado.Logroño, 4 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

24-06-2010
45355

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 1413/08, referente a la entidad, Movel Oak, S.L., con domicilio social en Carretera de Logroño, n.º 29, de Nájera (La Rioja) y CIF n.º B-26273987; Le Noyer, S.L., con el mismo domicilio que la anterior y CIF B-95272217, e Inverdelta Norte Spain, S.L., con el mismo domicilio y CIF B-26203190, por auto de fecha 28 de mayo de 2010 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.4.- En el plazo de ocho días, computados desde la notificación del auto antedicho, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme al art. 148 de la L.C.5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.De conformidad con lo estipulado en el art. 168 de la L.C., dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.Este edicto se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.Logroño, 28 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.

23-02-2010
11001

 
Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley concursal (LC), anuncia:1.- Que en el procedimiento número 1413/2008, por auto de 2 de Diciembre de 2008 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Movel Oak, S.L, con Cif. de n.º B 26273987, con domicilio social en la Carretera de Logroño núm. 29 de Nájera (La Rioja), en el procedimiento n.º 1423/08, por auto de igual fecha se ha declarado Concurso Voluntario al deudor Le Noyer, S.L. con Cif B-95272217, con el mismo domicilio social y que en el Procedimiento Concursal n.º 1430/08, por auto de igual fecha se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Inverdelta Note Spain, S.L., con Cif 26203190 y con el mismo domicilio social que las anteriores. Que los Procedimientos Concursales que se siguen con el n.º 1423/08 y 1430/08 se han acumulado al procedimiento Concursal que se sigue con el n.º 1413/08.2.- Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos Correo Español (Edición Rioja).4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el proc. deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).Logroño, 11 de febrero de 2010.- El/la Secretario Judicial.

20-02-2009
10031

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Doña María Asunción González Elías, secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño y Mercantil de la Rioja en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, anuncia:1-Que en el procedimiento 1413/08. por Auto de 2 de diciembre de 2008 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Movel Oak Sociedad Limitada con CIF B-26273987, con domicilio social en carretera de Logroño 29 de Nájera (La Rioja), en el procedimiento 1423/08, por Auto de igual fecha se ha declarado en concurso voluntario al deudor Le Noyer, Sociedad Limitada con CIF B-95272217 con el mismo domicilio social, y que en el Procedimiento Concursal 1430/08 por Auto de igual fecha se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inverdelta Norte Spain, Sociedad Limitada con CIF B26203190 y con el mismo domicilio social que las anteriores. Que los procedimientos concursales que se siguen con el número 1423/08 y 1430/08 se han acumulado al procedimiento concursal que se sigue con el número 1413/08.2-Que los deudores conservan las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BOE y en el periódico el Correo Edición Rioja.4-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal)Logroño, 11 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.

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