Concurso de acreedores Inversat Acciones SL
El 16-12-2013, Inversat Acciones SL, en LA GARRIGA (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B62454756. La principal actividad de la empresa Inversat Acciones SL es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
Información General de Inversat Acciones SL
Nombre de la mercantil: Inversat Acciones SL
Localidad: LA GARRIGA
Provincia: Barcelona
Dirección: RIBES 008530 LA GARRIGA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B62454756
Número De Insolvencia: B62454756
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Inversat Acciones SL
La actividad de la empresa Inversat Acciones SL es Actividades administrativas y servicios auxiliares
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Publicaciones Concurso de acreedores Inversat Acciones SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-01-2014
A140001896
Auto de declaración de concurso
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado:Número de Asunto: Concurso 877/2013, Sección D.NIG: 08019-47-1-2013-8004221.Fecha del Auto de Declaración: 16/12/13.Clase de concurso: Voluntario, abreviado.Entidad concursada: Inversat Acciones, S.L., con domicilio en La Garriga ( Barcelona), Carretera de Ribas, s/n, con CIF n.º B62454756.Administrador concursal: Ernst & Young Abogados, SLP, que ha designado como persona natural para el ejercicio de dicho cargo a don Jordi Gras Sagrera.Dirección postal: Avenida Sarria, 102-106, en Barcelona.Dirección electrónica: [email protected]égimen de las facultades del concursado: Intervenidas.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el «BOE».Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.Barcelona, 18 de diciembre de 2013.- El Secretario judicial.
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