Concurso de acreedores terminado Ipc Euromop Iberica SL

Concurso de acreedores terminado Ipc Euromop Iberica SL

El 21-04-2015, Ipc Euromop Iberica SL, en POLINYA (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B64259237. La principal actividad de la empresa Ipc Euromop Iberica SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Ipc Euromop Iberica SL

Nombre de la mercantil: Ipc Euromop Iberica SL
Localidad: POLINYA
Provincia: Barcelona
Dirección: SANLLEHY, 64 – POL. NORD EST 008213 POLINYA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B64259237
Número De Insolvencia: B64259237
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

Actividad Principal de Ipc Euromop Iberica SL

La actividad de la empresa Ipc Euromop Iberica SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Ipc Euromop Iberica SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

30-03-2019
A190016490

 

Conclusión del concurso

 
Doña Margarita Marquina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona,Hago saber:Que en el Concurso abreviado 264/2015 se ha dictado Auto en fecha 14 de marzo de 2019 por el que se ha declarado concluso el concurso de IPC EUROMOP IBÉRICA, S.L., con NIF B64259237.La resolución es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC).Barcelona, 14 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.

21-05-2015
A150019532

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 264/2015 en el que se ha dictado con fecha 21 de abril de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad IPC EUROMOP IBÉRICA, S.L., con CIF B64259237 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2014 – 8008363.Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.Concursada: IPC EUROMOP IBÉRICA, S.L., con domicilio en Pg. Sanlleyh, 64, P.I. Nort-Est de Polinyà.Administrador concursal: Don JORGE BOSQUE ESTEVE, con domicilio en C. Tres Torres, 27-29, bajos, de Barcelona (08017) con correo electrónico [email protected] de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Barcelona, 23 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

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