Concurso de acreedores terminado Irontecnic SL

Concurso de acreedores terminado Irontecnic SL

El 13-06-2012, Irontecnic SL, en AMOREBIETA-ETXANO (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B95007035. La principal actividad de la empresa Irontecnic SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Irontecnic SL

Nombre de la mercantil: Irontecnic SL
Localidad: AMOREBIETA-ETXANO
Provincia: Vizcaya
Dirección: PG ARRIAGANE – PARC 17 048340 AMOREBIETA-ETXANO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B95007035
Número De Insolvencia: B95007035
Juzgado: Juzgado de BILBAO

Actividad Principal de Irontecnic SL

La actividad de la empresa Irontecnic SL es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-12-2013
A130068229

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:Que enel procedimiento concursal número 512/12 en el que figura como concursado Irontecnic, S.L., con CIF B95007035, se ha dictado el 2.12.2013 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:Parte Dispositiva1.-Se declara concluso el procedimiento concursal número 512/2012 referente al deudor Irontecnic, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.3.-Se declara que el deudor Irontecnic S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado registro.5.-Librense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.6.-Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial de Estado.La publicación el Boletin Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.7.-Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.8.-Comuniquese la conclusión del concurso a los órganos juficiales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.9.-Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).Lo acuerda y firma S.Sª Doy fe.Firma del Juez.-Firma del Secretario.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Bilbao (Bizkaia), 2 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

25-07-2012
A120053001

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia1º.- Que en el procedimiento número 512/2012, por auto de fecha 13 de junio de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Irontecnic, S.L., con NIF B95007035, con domicilio en Polígono Arriagane, parcela 17, n.º parcela 17 -Amorebieta-, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Amorebieta.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3ª.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.La identidad de la Administración Concursal es D. Javier Hernando Mendivil, siendo su domicilio postal c/ Heros, 28, entreplanta derecha, y su dirección electrónica: [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4º.- La dirección web del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3.LC).Bilbao, 10 de julio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

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