Concurso de acreedores Isamic International Consulting Sociedad Limitada

Concurso de acreedores Isamic International Consulting Sociedad Limitada

El 23-04-2015, Isamic International Consulting Sociedad Limitada, en MUTXAMEL (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B85996866. La principal actividad de la empresa Isamic International Consulting Sociedad Limitada es actividades inmobiliarias. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Isamic International Consulting Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Isamic International Consulting Sociedad Limitada
Localidad: MUTXAMEL
Provincia: Alicante
Dirección: MANOTERAS, 8 – ESC 3. BJ 028050 MADRID
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B85996866
Número De Insolvencia: B85996866
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Isamic International Consulting Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Isamic International Consulting Sociedad Limitada es Alquiler y gestión de inmuebles

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-11-2016
A160076227

 
EdictoDoña Pilar Solanot Garcia, Letrada de la Admón de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presenteHago saber:Que en el procedimiento Concurso Abreviado-000724/2014-R sobre declaración de concurso de la mercantil Isamic International Consulting, S.L., con domicilio en calle del Moli Nou, 11, Polígono Industrial Riodel de Mutxamel (Alicante) y CIF número B-85996866, se ha dictado el 11-10-16 Auto que es firme, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:»Acuerdo:1.-Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.3.-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4.-Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.5.-Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.6.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presenteAlicante, 11 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

11-05-2015
A150019422

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDña. María Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado – 000724/2014 – R en los que se ha dictado el 23-04-15, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Isamic International Consulting, S.L., con domicilio en la calle del Moli Nou, 11, Polígono Industrial Riodel de Mutxamel (Alicante) y C.I.F. número B-85996866, inscrita en el Registro Mercanitil de esta provincia, al Tomo 3.671, Libro 0, Folio 197 y hoja A-133.891.Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.EIdentidad de la Admon. Consursal: D. Alfonso Pérez Pretel, en su cualidad de Economista Auditor, con DNI nº 26174374-Y, con docimicilio en Plaza Calvo Sotelo, 1, planta 1.ª, 03003 Alicante, teléfono 963521078 y fax nº 963511484, correo electrónico [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Proccurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 23 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.

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