Concurso de acreedores Isomar SL
El 20-01-2011, Isomar SL, en NIJAR (Almería) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ALMERÍA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B04065728. La principal actividad de la empresa Isomar SL es fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
Información General de Isomar SL
Nombre de la mercantil: Isomar SL
Localidad: NIJAR
Provincia: Almería
Dirección: DE NIJAR KM 25,8 004100 NIJAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B04065728
Número De Insolvencia: B04065728
Juzgado: Juzgado de ALMERÍA
Actividad Principal de Isomar SL
La actividad de la empresa Isomar SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-04-2014
A140017295
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 495.06/2010, siendo concursada la entidad ISOMAR, S.L., con C.I.F. B-04065728, se ha dictado en el día 6 de noviembre de 2013 sentencia calificando el concurso como fortuito.Almería, 26 de marzo de 2013.- El/la Secretario Judicial.
08-04-2011
24464
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería (Antiguo Instancia número 7) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 495/2010, por auto de 20 de enero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Isomar, S.L. con NIF B-04065728, domicilio en Nijar (Almería), Carretera de Almería-Murcia, kilómetro 25,800.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).En Almería, 1 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.