Concurso de acreedores terminado Izadi DiSpositivos Y Moldes SL

Concurso de acreedores terminado Izadi DiSpositivos Y Moldes SL

El 26-07-2010, Izadi DiSpositivos Y Moldes SL, en ADUNA (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20643854. La principal actividad de la empresa Izadi DiSpositivos Y Moldes SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Izadi DiSpositivos Y Moldes SL

Nombre de la mercantil: Izadi DiSpositivos Y Moldes SL
Localidad: ADUNA
Provincia: guipúzcoa
Dirección: INDUSTRIAL URTAKI 020150 ADUNA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B20643854
Número De Insolvencia: B20643854
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN

Actividad Principal de Izadi DiSpositivos Y Moldes SL

La actividad de la empresa Izadi DiSpositivos Y Moldes SL es Industria

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

22-03-2013
A130012665

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia:Que en el procedimiento concursal número 446/2010 en el que figura como concursado Izadi Dispositivos y Moldes, S.L., se ha dictado el 8/3/2013 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.San Sebastián, 8 de marzo de 2013.- Doña Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial.

19-02-2011
8065

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastian, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 446/2010 referente al concursado Izadi Dispositivos y Moldes, S.L. con DNI B20643854, por auto de fecha 04.02.2011 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la mercantil, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.5.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Donostia-San Sebastián, 4 de febrero de 2011.- Doña Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial.

09-09-2010
65638

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.-Que en el procedimiento número 446/2010, por auto de 26 de julio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor «Izadi Dispositivos y Moldes, Sociedad Limitada», con NIF: B-20643854, con domicilio en polígono «Urtaki», número 5, pabellón 2, 20120 Aduna, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Aduna.Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Donostia-San Sebastián, 28 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

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