Concurso de acreedores terminado J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada

Concurso de acreedores terminado J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada

El 25-09-2013, J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada, en ALBORACHE (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B96838560. La principal actividad de la empresa J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada es fabricación de productos de caucho y plásticos. El concurso ha concluido.

Información General de J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada
Localidad: ALBORACHE
Provincia: Valencia
Dirección: ARNACHARES 046369 ALBORACHE
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B96838560
Número De Insolvencia: B96838560
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada

La actividad de la empresa J F R Reparacion Y Fabricacion En Poliester Sociedad Limitada es Industria

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-11-2014
A140056188

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Conclusión del concurso

 
Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 1480/11 habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de J.F.R. Reparaciones y Fabricación en Poliester, S.L., con CIF número B-96838560, con domicilio en Alborache (Valencia), Partida de Arnachares, s/n, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, contodos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal.Valencia, 25 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.

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